Belén Matanza
Breve reseña de la ley del divorcio en España

La preparación de este artículo me ha permitido recapacitar sobre la forma en que ha cambiado la sociedad española desde que se aprobó la ley del divorcio en 1981 hasta la actualidad y darme cuenta de la gran suerte que he tenido, pues a pesar de haber nacido en plena dictadura franquista pude disfrutar de los aires de libertad e igualdad que trajo consigo la democracia.
Por ese motivo, antes de comentar los procedimientos de separación y divorcio que era mi idea original, quiero comenzar por hacer una breve revisión histórica sobre este gran logro social.
Creo que muchos desconocéis que la primera ley de divorcio que hubo en España es de 1932 y que fue debida a la labor de insignes juristas como Fernando de los Ríos, y que fue posible gracias a que el artículo 43 de la Constitución de 1931 recogía la figura del divorcio y lo hacía en los siguientes términos: “La familia está bajo la salvaguarda del estado. El matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos, y podrá disolverse por muto disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges con alegación en este caso de justa causa”.
Pienso que es fácil darse cuenta de lo avanzado de este planteamiento, que vinculaba el divorcio con la igualdad de derechos entre los hombres y las mujeres. Lamentablemente, después de esta ráfaga de libertad para las mujeres en una época en la que los matrimonios se concertaban y las mujeres tenían que conformarse con lo que les había tocado, llegó el período franquista que volvió a reubicar a las mujeres en la Edad Media. Mis hijas que han crecido libres les cuesta entender como es posible que hasta 1975 las mujeres necesitasen una licencia marital para trabajar. Sonrojo me produce rememorar lo que tuvo que sufrir España bajo el gobierno de este dictador que colocó a las mujeres bajo el yugo de los hombres y que produjo aberraciones legales como la figura delictiva del “adulterio” para castigar a las mujeres casadas que yacían con un hombre que no fuese su marido. Después de la luz que introdujo la constitución de 1931 llegaron los años de oscuridad.
Tras la muerte de Franco, llegó el gobierno de UCD con Adolfo Suárez como presidente y fue su Ministro de Justicia, Fernández Ordoñez quien dijo en el Congreso de los Diputados que: “No puedo impedir que los matrimonios se rompan pero si puedo disminuir el sufrimiento de los matrimonios rotos”. Tamaña propuesta fue vista como un auténtico sacrilegio en un momento en que las parejas solo se rompían por la muerte o por la nulidad matrimonial, eso sí, procedimiento que estaba reservado a los tribunales eclesiásticos y que solo era accesible para las élites acomodadas del régimen franquista, los pobrecitos de a pie tenían que esperar a que su pareja se muriese para poder romper con la soga con la que se habían atado.
A pesar de todos los pronunciamientos en contra, la ley del divorcio fue aprobada en el Congreso de los Diputados el día 22 de Junio de 1981, con 162 votos a favor, 128 en contra y 7 en blanco, y el primer divorcio en España se produjo el 7 de septiembre de 1981 siendo los primeros divorciados de nuestro país Julia Ibarra y Vidal Gutiérrez, quienes ya llevaban tiempo separados de hecho.
Aún así, esta primera ley del divorcio establecía limitaciones pues se exigía haber transcurrido un año de separación ininterrumpida para poder optar al divorcio y tenía que haber un incumplimiento grave y reiterado de los deberes conyugales, como el abandono injustificado del hogar y había que probar que existía justa causa para el divorcio. En esa época muchos detectives privados hicieron el agosto probando las infidelidades de las parejas.
La situación cambió con el gobierno de Zapatero que aprobó la llamada ley del divorcio express en 2005, y que como principales novedades introdujo que ya no era necesario pasar por el período de un año ininterrumpido de separación previa sino que se podía acceder al divorcio tras tres meses de unión matrimonial y ya no era necesario probar justa causa. Y ya como último hito tenemos la ley de Jurisdicción Voluntaria de 2 de Julio de 2015 que permite divorciarse ante el notario, sin necesidad de pasar por el Juzgado, siempre y cuando no tengan hijos menores o incapacitados, estén ambos cónyuges de acuerdo y hayan tenido el domicilio familiar en España.
Como podéis ver se ha recorrido un largo camino desde que se aprobó la Ley del Divorcio en España y gracias a esta reforma legislativa, cada año son miles los matrimonios que se separan legalmente. La estadística del Consejo General del Poder Judicial del 2021 arroja 15.048 divorcios consensuados, 9.290 divorcios no consensuados, 723 separaciones consensuadas y 304 separaciones no consensuadas.
Y podemos afirmar sin temor a equivocarnos que los derechos de las mujeres comenzaron con la ley del divorcio y la libertad e igualdad que ostentamos hoy en día le deben mucho a esta figura legal que permitió que las parejas se disolviesen legalmente y recuperasen la posibilidad de rehacer su vida.