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  • Foto del escritorBelén Matanza

El cártel de coches

Se puede reclamar si compraste un vehículo entre febrero de 2006 y agosto de 2013



A estas alturas seguro que todos habréis oído hablar del “cártel de coches”, aunque no sepáis exactamente que es. Para entendernos un cártel consiste en una práctica monopolística, por la que, las empresas, en este caso, las automovilísticas, se intercambiaron información comercial y estratégica por la que fijaron los precios de los coches, distorsionando el mercado y perjudicando a los compradores de los vehículos, que al comprar tuvieron que pagar un precio más elevado.

De ahí, que los perjudicados tengan derecho a reclamar la devolución del 10-15% del precio que abonaron por el vehículo, que es el porcentaje que se calcula aumentó el precio de los como consecuencia del cártel de coches y se deduce que hay aproximadamente siete millones de personas afectadas por el cártel, que estuvo operando desde febrero del 2006 hasta el mes de agosto del 2013.

En el año 2015 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia descubrieron esta práctica ilegal multando con 171 millones de euros a varias empresas fabricantes y distribuidoras de automóviles, sanciones que fueron confirmadas por el Tribunal Supremo abriendo la vía para que los consumidores afectados reclamen la indemnización que se corresponde con la diferencia entre el precio que pagaron por su coche y lo que realmente hubiesen pagado si no se hubiese producido el cártel. La CNMC intervino tras la denuncia efectuada en el año 2013 por Seat en la que se autoinculpaba de la pertenencia a una asociación de fabricantes de vehículos que tenía como finalidad suprimir la competencia entre las marcas. Evidentemente esa autoinculpación la hizo de forma interesada para evitar la sanción que le hubiese correspondido de no haber denunciado.

Por lo que respecta a las marcas implicadas están prácticamente todos los fabricantes de automóviles: Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Toyota, Volkswagen y Volvo.

Si cree ser uno de los afectados por el cártel de coches le recomiendo que se ponga, lo más rápido posible, en contacto con un abogado o una asociación de consumidores para interrumpir el plazo de prescripción, pues los consumidores disponen de un año para reclamar la indemnización que les corresponde desde la sentencia del Tribunal Supremo confirmando la sanción a la marca fabricante. En algunas marcas, el plazo ya ha prescrito, y en otras están (está) a punto de a hacerlo, así Volvo el plazo de reclamación acaba el 6 de Junio, Nissan el 7 de Junio, Honda el 17 de Septiembre, Mercedes Benz el 27 de Septiembre, General Motors el 5 de Octubre y Toyota y Lexus el 1 de diciembre.

Pero si eres uno de los compradores afectados y tu vehículo es una de las marcas que han prescrito, no te preocupes, porque una de las posibilidades que están barajando los abogados, y que están pendientes de que los tribunales diluciden, es la posibilidad de reclamar a cualquiera de los otros fabricantes que hayan integrado el cártel de coches, al compartirse la responsabilidad entre todas ellas.

La documentación que se precisa para reclamar es la factura de compra del vehículo, renting o leasing, así como la documentación del mismo, permiso de circulación, inspección técnica y copia del DNI del comprador.

Es importante destacar que los perjudicados tienen que acreditar la adquisición de un vehículo nuevo de la marca afectada dentro del periodo en que estuvo operando el cártel , aunque hay que tener en cuenta que cada marca ha formado parte de la asociación ilícita en períodos diferentes, por eso, el abogado que recibe una reclamación de este tipo, lo primero que tiene que comprobar es si se trata de una de las marcas afectada y si se adquirió dentro del periodo en que la marca estuvo en el cártel.

En el juzgado además de la documentación indicada, hay que aportar un informe pericial que concrete el daño producido, y ya son numerosos los peritos que se anuncian en Internet ofreciendo la realización de dicho informe con un coste de 100, y tengo compañeros que creen que va a pasar como con las reclamaciones de los gastos bancarios, que al principio se exigía prueba pericial, y después ya no hacía falta y se fallaba directamente a favor de los perjudicados por las prácticas ilícitas de los bancos sin necesidad de dicho informe. De ahí que la táctica habitual que están siguiendo la mayoría de los despachos es interrumpir la prescripción, y esperar a que comiencen a dictarse las primeras resoluciones judiciales que vayan resolviendo las cuestiones prejudiciales que están planteadas.

Y si crees ser uno de los afectados y has comprado un vehículo (coche, furgoneta, monovolúmen, etc) entre febrero 2006 y agosto 2013, no dudes en ponerte en manos de un abogado para que reclame la indemnización que legalmente te corresponde, que se verá incrementada con el importe de los intereses devengados desde la fecha de la compra, porque ese dinero es tuyo y no hay derecho a que nos tomen el pelo.

Imagen de -edad de niebla -



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