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  • Foto del escritorBelén Matanza

Los nuevos incentivos al alquiler de vivienda




El pasado día 26 de mayo de 2023 ha entrado en vigor la nueva Ley del Derecho a la Vivienda que tanta polémica ha estado levantando durante meses y que venía precedida del anuncio que iba a acabar con el mercado de alquiler de viviendas. Pero como en la mayoría de las ocasiones el ruido no ha venido acompañado de una explicación profunda de esta nueva normativa, que en la práctica lo que viene a hacer es establecer estímulos al alquiler de vivienda a la vez que impone penalizaciones a las viviendas vacías, de ahí, que sean dos los impuestos afectados: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el IBI.

Como creo que siempre es mejor abrir bocado con un buen aperitivo voy a comenzar explicando los incentivos en el IRPF que introduce esta norma y que comienza con una modulación porcentual de la reducción del IRPF como estímulo al alquiler a precios asequibles. Esto no es nuevo y así los que tengan inmuebles en alquiler están habituados a esa reducción del 60% del rendimiento neto que venía establecida en el apartado 2 del artículo 23 de la Ley del IRPF en su redacción vigente al 31 de diciembre de 2021. Tras la promulgación y entrada en vigor de la nueva Ley del Derecho a la Vivienda esta reducción es del 50% y se podrá incrementar hasta el 90% para aquellos alquileres que se realicen en las zonas del mercado inmobiliario tensionado y siempre que la renta estipulada sea inferior, al menos en un 5%, a la establecida en el contrato anterior.


Lo del mercado tensionado seguro que lo conocéis bien dado que nos han estado bombardeando con noticias sobre lo que cuesta el precio de una habitación, en ciudades como Madrid y Barcelona, que están alcanzando niveles prohibitivos y que han generado un desvío de la atención ciudadana hacia los locales comerciales que están encontrando nuevos usos y, en lugar de alquilarse como negocios, se están habilitando como viviendas, fenómeno producido por la escasez de suelo y por los precios al alza de los metros construidos.


Se contempla una reducción de hasta el 70% de los rendimientos netos, derivados del alquiler de vivienda, cuando se trate de la incorporación en el mercado de nuevas viviendas en zonas con problemas de acceso a las mismas y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años. Los requisitos deben cumplirse en el momento de la celebración del contrato y se aplicará la reducción mientras se sigan cumpliendo. En el caso que se hubiesen realizado obras de rehabilitación en los dos años anteriores, la reducción podrá ser del 60%. Y por lo que respecta a los contratos de arrendamiento de vivienda que se hubiesen celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, se les continuará aplicando el régimen ya comentado del apartado 2 del artículo 23 de la Ley del IRPF.

Con estas medidas el gobierno pretende acabar con las viviendas desocupadas, personalmente creo que resulta una medida más disuasoria las penalizaciones que los incentivos, pues atacan el bolsillo de los contribuyentes, y por eso mi próximo artículo lo dedicaré a hablar de lo que va a suponer para los propietarios el tener su vivienda vacía. Mientras os dejo disfrutar con los incentivos, que dicho sea de paso, bienvenidos sean, si con eso se logra dinamizar el mercado de alquiler en nuestro país.


Imagen de - edad de niebla -

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