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  • Foto del escritorBelén Matanza

La ayuda de los 200 euros aprobada por el Gobierno



El revuelo que ha ocasionado la ayuda de 200 euros aprobada a finales de junio por el Gobierno ha incrementado el trabajo de los asesores jurídicos, es raro el día que no recibo alguna llamada de algún cliente para interesarse por los requisitos para solicitarla. A pesar de que el gobierno la anuncio a bombo y platillo, lo cierto es que existe un gran desconocimiento sobre la misma, por eso, voy a intentar aclarar en la medida de lo posible las dudas más habituales.


En primer lugar, quiero remarcar que es una subvención directa que podemos pedir desde este mes de julio hasta el día 30 de septiembre y el pago de la misma se efectuará en el mes de diciembre de este año. Se trata de una ayuda de 200 euros mensuales para las familias que tienen una vulnerabilidad económica patente, de ahí, que para poder cobrarla se tengan que cumplir una serie de requisitos que paso a enumerar.


1.- Residencia legal en nuestro país de forma ininterrumpida durante al año anterior a la solicitud.

2.- Se requiere tener unos ingresos anuales inferiores a 14.000 euros y un patrimonio inferior a 43.196,40 Euros.


Los ingresos y el patrimonio se determinarán atendiendo a la situación familiar del individuo a fecha 1 de enero de 2022, entendiendo integrados en la unidad familiar a la pareja con la que se mantenga una relación duradera de al menos dos años, familiares hasta el tercer grado de parentesco o los que convivan en la unidad familiar en virtud de guarda, adopción o acogimiento familiar permanente.


Normalmente, las principales dudas que me suelen plantear es como solicitar la ayuda y que les envíe el formulario para hacerlo. Lo primero a tener en cuenta es que la ayuda se solicita en la Agencia Tributaria, por lo que, solo podemos hacerlo por vía electrónica, no existiendo un formulario que podamos descargar y presentar presencialmente. Me imagino que ya sabeis por la declaración de la renta que para interactuar electrónicamente con la hacienda pública hay que tener un clave pin, por lo que, si no disponéis de la misma os recomiendo que la vayáis solicitando.


Para obtener la clave pin os tenéis que registrar en la sede electrónica de la Agencia tributaria en el sistema clave. El registro en el sistema clave lo podéis hacer presencialmente, o bien, lo podeis hacer por internet, a través, de carta de invitación o por videollamada. La carta de invitación se puede solicitar por Internet y después la envían a tu dirección postal. Pero si lo encontráis complicado, os recomiendo solicitar cita previa en la delegación de hacienda más cercana a tu domicilio y realizarlo presencialmente. Una vez estéis registrados en el sistema clave y tengais acceso a la clave pin, que se envía a tu teléfono, podreis solicitar la ayuda de los 200 Euros.


Para la solicitud, la Agencia Tributaria tiene habilitado un apartado especial que lleva por rúbrica “Ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio”, cubrís los datos personales que os van solicitando y enviáis la solicitud. A partir de octubre Hacienda comenzará a resolver las solicitudes recibidas y en diciembre tienen pensado comiencen los pagos.


Os deseo mucha suerte, normalmente este tipo de medidas se anuncian con mucha publicidad, mostrando el interés del gobierno por mejorar la situación económica y paliar los efectos de la crisis en sus ciudadanos, y lo cierto es que a la hora de la verdad, son muy pocos realmente quienes pueden acceder a las ayudas. Pero si crees que cumples los requisitos no dudes en pedirla, siempre digo, el “no” ya te lo dará la Agencia Tributaria y si es así, habrá que evaluar si ese “no” es ajustado a derecho o tenemos que reclamar.


Imagen de - edad de niebla -

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